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¿Cómo se estructura el portal? Breve explicación del funcionamiento del portal.

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¿Cómo se estructura el portal?

 

El Portal de Transparencia de la Mancomunidad de la Baronía se estructura en 3 categorías principales que se encuentran en el margen izquierdo de la parte central de la página de inicio del mismo. Además, se puede explorar el contenido del portal mediante la información clasificada por áreas temáticas en el apartado temas de la parte superior de la página de inicio.

Estas categorías y sus apartados (cada uno de ellos con subapartados) son:

  • ·         Institucional: altos cargos, corporación, funciones y otros.
  • ·         Normativa.
  • ·         Económica: bienes inmuebles, contratación, convenios, plazo medio de pago a proveedores y deuda, presupuestos y subvenciones, entre otros.

 

Para profundizar en materia de transparencia y acceso a la información pública se puede acceder a los apartados: “¡Conoce tus derechos en transparencia y gobierno abierto!”; “Gobierno abierto de las normas”, en la propia categoría de normativa dónde se recogen los textos normativos sobre la materia.

¿Tienes una idea? Contribuye con tu idea a construir una Mancomunidad más transparente y abierta.

 

 

¿Qué información se publica en el portal?

 

En el Portal de Transparencia de la Mancomunidad de la Baronía se publica la información requerida por los artículos 6, 7 y 8 de la Ley 19/2013. En estos artículos se especifica que las Entidades Locales deberán publicar información en 3 materias principales: institucional, organizativa y de planificación; información de relevancia jurídica; e información económica, presupuestaria y estadística.

Además, se publicarán los derechos de acceso a la información pública resueltos, así como las disposiciones normativas relacionadas con la planificación normativa y la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas y reglamentos.

 

 

¿Cómo puedo solicitar información pública?

 

Cualquier persona puede solicitar información que haya sido elaborada o adquirida por las Administraciones y organismos del sector público, independientemente del soporte (físico o digital (en proceso).

Esta solicitud podrá presentarse por registro de entrada dejando constancia de la identidad de la persona solicitante, la información que se solicita y dirección de contacto. No es necesaria su justificación.

 La resolución deberá notificarse en el plazo máximo de un mes, ampliable a un segundo mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información lo requieran.